PROCESO DE CERTIFICACIÓN

CONDICIONES PARA OTORGAR LA CERTIFICACION

Las condiciones aquí descritas están en apego a la norma ISO/IEC 17021-1 vigente

Un certificado se otorga cuando, después de haber realizado una revisión técnica sobre la documentación resultante de una auditoria inicial cumple con los criterios de certificación en base a la recomendación hecha por un auditor líder.

La información resultante del proceso de auditoria inicial se deber validar para tomar una decisión de certificación, la cual consta de la siguiente información:

  • Planeación de Auditoria
  • Reportes de Auditoria Tanto de Fase 1 como de Fase 2.
  • Registros de Hallazgos de Auditoria.
  • Aprobación de Acciones Correctivas de Acciones Correctivas. (Si aplica)
  • Además de cualquier otra documentación o registro aplicable.

El personal responsable de evaluar esta información valida y toma una decisión de certificación para otorgar o no un certificado en base a la evidencia recibida.

Una vez tomada la decisión se emitirá el certificado correspondiente, de lo contrario se deberán de hacer las correcciones y acciones correctivas necesarias para poder concluir con el proceso.

En caso de requerir mayor información favor de escribir a la siguiente dirección electrónica: atencionaclientes@interamericas.com.mx o bien al teléfono 449 9932424

CONDICIONES PARA NEGAR O RECHAZAR LA CERTIFICACION

Las condiciones aquí descritas están en apego a la norma ISO/IEC 17021-1 vigente

INTERA establece que puede negarse o rechazarse una certificación en los casos donde no se cuenten con las condiciones para dar cumplimiento a una certificación en el marco de la normatividad aplicable, en los casos por ejemplo en donde no se cuente con la competencia, infraestructura, recursos o aspectos técnicos necesarios para llevar a cabo la certificación tanto de INTERA al cliente o viceversa. En estos casos el cliente debe de ser notificado por medios escritos sobre esta condición.

CONDICIONES PARA MANTENER LA CERTIFICACION

Las condiciones aquí descritas están en apego a la norma ISO/IEC 17021-1 vigente

INTERA debe mantener la certificación basándose en la demostración de que la organización continúa cumpliendo las condiciones originales en las que le fue otorgada la certificación. Por lo que INTERA realizará auditorias de seguimiento, donde la organización certificada debe:

  • Evidenciar que mantiene o ha mejorado el nivel encontrado en la auditoria previa a su sistema de gestión, como resultado de la auditoria de vigilancia;
  • Observar apego estricto al Reglamento de uso de marca de sistemas de gestión de INTERA.
  • Notificar a INTERA cualquier cambio que afecte las condiciones originales en las que le fue otorgada la certificación, tales como: cambios de domicilio, razón social, propietario, personal clave de la organización, representante de la dirección, la estructura del sistema de gestión documentado, cierre de alguno de sus sitios, el alcance de las operaciones cubiertas por el sistema de gestión certificado, y cualquier otra que pueda afectar la conformidad del sistema.
  • Aceptar y atender las auditorias de vigilancia y las auditorias de seguimiento y solventar satisfactoriamente las no conformidades registradas durante estas visitas.
  • La primera auditoría de vigilancia debe realizarse a más tardar a los doce meses contados a partir del último día de la auditoría de etapa 2, independientemente de la fecha en que fue otorgada la certificación.
  • Cumplir con los periodos para la actualización o transición de su sistema de gestión en función de las modificaciones a las normas de referencia así como de cualquier otro requisito que INTERA establezca.

Se debe de llevar a cabo revisiones técnicas sobre cada una de las visitas de seguimiento en las instalaciones del cliente. El propósito de la revisiones técnicas sobre el paquete de información resultante de una auditoria de seguimiento, es el de validar que el sistema de gestión del cliente continua cumpliendo con los requerimientos establecidos, una vez hecha la recomendación por parte del auditor líder, la cual consta de la siguiente información:

  • Planeación de Auditoria
  • Reportes de Auditoria.
  • Registros de Hallazgos de Auditoria.
  • Aprobación de Acciones Correctivas de Acciones Correctivas. (Si aplica)
  • Además de cualquier otra documentación o registro aplicable.

El personal responsable de evaluar esta información valida y toma una decisión de mantener o no la certificación en base a la evidencia recibida.

En caso de requerir mayor información favor de escribir a la siguiente dirección electrónica: atencionaclientes@interamericas.com.mx o bien al teléfono 449 9932424

CONDICIONES PARA AMPLIAR O REDUCIR LA CERTIFICACION

Las condiciones aquí descritas están en apego a la norma ISO/IEC 17021-1 vigente

Una ampliación o reducción al alcance normalmente se lleva a cabo durante las visitas de seguimiento o re certificación, en situaciones especiales podrá llevarse durante periodos fuera de las visitas programadas de auditoria. Cualquier extensión o reducción al alcance deberá ser notificado de manera escrita al líder de equipo auditor para poder considerar cualquier cambio dentro del programa de auditoria.

Las principales causas para llevar a cabo una extensión o reducción de un certificado son por incrementos o disminuciones en:

  • Número de empleados.
  • Sitios auditables.
  • Procesos.
  • Diseño y Desarrollo.

INTERA, debe otorgar la ampliación / reducción del alcance siempre y cuando la organización:

  • Cumpla con todos los elementos normativos establecidos y requerimientos establecidos por INTERA.
  • Cumpla con los requisitos aplicables a las actividades relacionadas con la ampliación o reducción y sus interacciones.
  • Se observe apego estricto al Reglamento de uso de marca de sistemas de gestión de INTERA.

Se debe de llevar a cabo revisiones técnicas sobre cada proceso de ampliación o reducción en las instalaciones del cliente. El propósito de la revisiones técnicas sobre el paquete de información resultante, es el de validar que el sistema de gestión del cliente continua cumpliendo con los requerimientos establecidos, una vez hecha la ampliación o reducción por parte del auditor líder, la cual consta de la siguiente información:

  • Planeación de Auditoria
  • Reportes de Auditoria.
  • Registros de Hallazgos de Auditoria.
  • Aprobación de Acciones Correctivas de Acciones Correctivas. (Si aplica)
  • Además de cualquier otra documentación o registro aplicable.

El personal responsable de evaluar esta información valida y toma una decisión de llevar a cabo la ampliación o reducción de la certificación en base a la evidencia recibida.

En caso de requerir mayor información favor de escribir a la siguiente dirección electrónica: atencionaclientes@interamericas.com.mx o bien al teléfono 449 9932424

CONDICIONES PARA RENOVAR LA CERTIFICACION

Las condiciones aquí descritas están en apego a la norma ISO/IEC 17021-1 vigente

INTERA establece que para la renovación de un certificado a un cliente, se deben de presentar las condiciones adecuadas de acuerdo a los lineamientos establecidos por INTERA y acorde a la normatividad aplicable.

Antes de la fecha de vencimiento de la certificación de la organización, se planificará y llevará a cabo una auditoría de renovación para evaluar el continuo cumplimiento de todos los requisitos de la norma de referencia. El propósito es confirmar la continua conformidad y eficacia del SG en su conjunto así como la continua pertinencia y aplicabilidad del alcance de la certificación.

La auditoría de renovación se planificará para que, de ser posible, finalice un mes antes del vencimiento del certificado en vigor, en previsión de que en caso que se identifiquen no conformidades estas puedan ser atendidas con tiempo suficiente para permitir la renovación oportuna antes de la fecha de caducidad del certificado. La fecha de expiración de la nueva certificación puede basarse en la fecha de expiración de certificación existente. Para los casos de emisiones de un nuevo certificado, este debe de basarse en la fecha de decisión de la renovación o una posterior.

INTERA establece que en los casos donde no se haya completado la auditoría de renovación o no pueda verificar la implementación de las correcciones y acciones correctivas para cualquier no conformidad mayor antes de la fecha de expiración de la certificación, entonces no se debe recomendar la renovación de la certificación y no se debe extender la validez de la certificación, esta situación debe de ser notificada al cliente por medios escritos con la debida justificación y consecuencia de esta situación.

Al igual que la auditoría inicial de certificación y las auditorías de seguimiento, la auditoría de renovación será planificada y realizada de acuerdo con los procedimientos establecidos por INTERA.

La auditoría de renovación considerará el desempeño del Sistema de Gestión del cliente durante el período de la certificación y tendrá en cuenta los informes de las auditorías de seguimiento previas.

El tamaño de la muestra necesaria para la realización de la auditoría de renovación deberá ser el mismo que el determinado para la auditoría inicial de certificación. Sin embargo, en aquellos casos en los que el Sistema de Gestión del cliente haya demostrado que es efectivo durante un período de tres años, INTERA podrá reducir el tamaño de la muestra de acuerdo a la normatividad aplicable.

Si la organización no desea renovar su certificación debe comunicarlo a INTERA de manera escrita previo al vencimiento del certificado para tomar las acciones pertinentes de acuerdo a los requerimientos de INTERA y normativos.

En el caso de que se hayan producido cambios significativos en el Sistema de gestión, el cliente o el contexto en el que opera el sistema de gestión, es necesario realizar la auditoria de etapa 1 para renovar la certificación.

Se debe de llevar a cabo revisiones técnicas sobre cada proceso de renovación en las instalaciones del cliente. El propósito de la revisiones técnicas sobre el paquete de información resultante, es el de validar que el sistema de gestión del cliente continua cumpliendo con los requerimientos establecidos, una vez hecha la renovación por parte del auditor líder, la cual consta de la siguiente información:

  • Planeación de Auditoria
  • Reportes de Auditoria.
  • Registros de Hallazgos de Auditoria.
  • Aprobación de Acciones Correctivas de Acciones Correctivas. (Si aplica)
  • Además de cualquier otra documentación o registro aplicable.

El personal responsable de evaluar esta información valida y toma una decisión de llevar a cabo la renovación de la certificación en base a la evidencia recibida.

En caso de requerir mayor información favor de escribir a la siguiente dirección electrónica: atencionaclientes@ interamericas.com.mx o bien al teléfono 449 9932424

CONDICIONES PARA SUSPENDER LA CERTIFICACION

Las condiciones aquí descritas están en apego a la norma ISO/IEC 17021-1 vigente

INTERA establece que para la suspensión de un certificado a un cliente, debe de estar en apego a los lineamientos establecidos por INTERA y acorde a la normatividad aplicable.

A las organizaciones se les suspenderá por un período determinado la certificación de acuerdo a los requerimientos establecidos por INTERA, al presentarse cualquiera de las siguientes situaciones:

  • No cumplir con las condiciones para mantener la certificación
  • Cuando el cliente no permita llevar a cabo las visitas de seguimiento renovación.
  • Hacer o permitir que se haga una declaración engañosa concerniente a la certificación concedida;
  • Utilizar la certificación de forma tal que pueda dañar la reputación de INTERA y/o del sistema de certificación, y comprometa la confianza pública sobre la certificación;
  • Cuando se presente un conflicto de interés entre el equipo auditor que realizó la evaluación y la organización, y este último no lo notifique a INTERA;
  • Cuando sea solicitado voluntariamente por la propia organización certificada.
  • Cuando el Cliente no envíe al Líder de Equipo Auditor el plan de acciones en el plazo establecido
  • Durante las visitas de seguimiento o renovación no se muestra evidencia de la implementación de las correcciones y/o acciones correctivas de forma adecuada y efectiva de acuerdo a la magnitud del problema detectado.
  • Modificaciones y/o cambios sustanciales en el sistema de gestión de calidad, no comunicados al líder de equipo auditor.
  • Incumplimientos de políticas, procedimientos o modificaciones estipulados por INTERA.
  • Incumplimiento a planes de auditoria acordados entre INTERA y el cliente.
  • Una no conformidad mayor identificada durante una Auditoría Especial, que indique que el Cliente ha realizado una decisión insuficiente para cerrar no conformidades identificadas;

Durante la suspensión de la certificación del sistema de gestión del cliente se invalidara temporalmente y podrá restaurarse si la cuestión que dio origen a la suspensión fue resuelta. La suspensión de la certificación debe resolverse en un plazo no mayor a seis meses, de lo contrario el certificado deberá de cancelarse.

Según la naturaleza de las causas que llevaron a la suspensión de la certificación, INTERA podrá programar una auditoria de seguimiento para verificar que estos problemas han sido atendidos satisfactoriamente.

Durante el periodo de Suspensión, el Cliente no debe promover o anunciar activamente su certificación.

En los casos donde se pueda demostrar que el Sistema de Gestión del Cliente cumple con los requisitos durante la Auditoría Especial, siguiendo la recomendación del Líder del Equipo de Auditoría, INTERA podrá levantar la Suspensión y restablecer el Plan de Auditorías de Seguimiento.

INTERA realiza una notificación en caso de suspensión de un certificado a través de un Comunicado Oficial, dirigido a la Alta Dirección del Cliente con copia al Personal involucrado de INTERA.

La organización puede ser considerada para llevar a cabo una reducción en el alcance de su certificado cuando no se resolvieron los problemas que dieron lugar a una suspensión, en donde se presenta un Incumplimiento parcial con los requerimientos de certificación de forma grave o persistente. INTERA realiza una notificación sobre la reducción al alcance de certificación, a través de un Comunicado Oficial, dirigida a la Alta Dirección del Cliente con copia al Personal involucrado de INTERA con el acuse de recibo correspondiente, además de solicitar al cliente la devolución de todos los Certificados emitidos originalmente. Posteriormente se debe emitir el certificado correspondiente con la modificación al alcance de la certificación de acuerdo a la reducción realizada

En los casos en donde el cliente requiera integrar nuevamente los procesos, áreas, etc que fueron sujetos a una reducción, estos deberán de considerarse como una extensión al alcance y ser auditados como parte del proceso de auditoría.

Se debe de llevar a cabo revisiones técnicas sobre cada proceso de suspensión, en donde el personal responsable de evaluar esta información valida y toma una decisión de llevar a cabo la suspensión de la certificación en base a la evidencia recibida y en apego al marco normativo aplicable.

En caso de requerir mayor información favor de escribir a la siguiente dirección electrónica: atencionaclientes@interamericas.com.mx o bien al teléfono 449 9932424

CONDICIONES PARA RESTAURAR LA CERTIFICACION

Las condiciones aquí descritas están en apego a la norma ISO/IEC 17021-1 vigente

INTERA establece que para la restauración de un certificado a un cliente, debe de estar en apego a los lineamientos establecidos por INTERA y acorde a la normatividad aplicable.

INTERA establece que en los casos donde no se haya completado la auditoría de renovación o no pueda verificar la implementación de las correcciones y acciones correctivas para cualquier no conformidad mayor antes de la fecha de expiración de la certificación, entonces no se debe recomendar la renovación de la certificación y no se debe extender la validez de la certificación, esta situación debe de ser notificada al cliente por medios escritos con la debida justificación y consecuencia de esta situación, en este sentido después de dicha expiración de la certificación y en los casos donde el cliente requiera dar continuidad al sistema de gestión, INTERA puede restaurar la certificación dentro de los 6 meses siguientes contados a partir de la fecha de expiración, siempre y cuando se hayan completado las actividades de renovación de la certificación pendientes; de otro modo, se debe realizar mínimo una auditoria fase 2. La fecha de vigencia del certificado debe ser la fecha de la decisión de la nueva certificación o una posterior, y la fecha de expiración se debe de basar en el ciclo de certificación anterior.

INTERA establece que para los casos en donde sea suspendida la certificación, INTERA podrá llevar a cabo una restauración de la certificación suspendida solamente en los casos en donde la situación que dio origen a dicha suspensión haya sido resuelta, el plazo para dicha restauración no debe de superar los 6 meses contados a partir de la notificación de suspensión al cliente.

INTERA establece que en los casos donde no se hayan resuelto los problemas o situaciones que dieron lugar a la suspensión, INTERA debe de cancelar o reducir el alcance de certificación del cliente.

Se debe de llevar a cabo revisiones técnicas sobre cada proceso de restauración, en donde el personal responsable de evaluar esta información valida y toma una decisión de llevar a cabo la restauración de la certificación en base a la evidencia recibida y en apego al marco normativo aplicable.

En caso de requerir mayor información favor de escribir a la siguiente dirección electrónica: atencionaclientes@interamericas.com.mx o bien al teléfono 449 9932424

CONDICIONES PARA LA CANCELACION O RETIRO DE LA CERTIFICACION

Las condiciones aquí descritas están en apego a la norma ISO/IEC 17021-1 vigente

INTERA establece que para la cancelación o retiro de un certificado a un cliente, se deben de presentar las condiciones adecuadas de acuerdo a los lineamientos establecidos por INTERA y acorde a la normatividad aplicable.

La cancelación o retiro de un certificado se debe iniciar solamente cuando sea evidente que los procedimientos normales de correcciones y acciones correctivas, incluyendo la Suspensión, no sean exitosos para llevar a un total cumplimiento con los requisitos de Certificación del Sistema de Gestión así como con los acuerdos contractuales entre INTERA y el cliente.

INTERA realiza una notificación sobre el retiro de la certificación, a través de un Comunicado Oficial, dirigida a la Alta Dirección del Cliente con copia al Personal involucrado de INTERA y el acuse de recibo correspondiente, además de solicitar al cliente la devolución de todos los Certificados emitidos, así como detener el uso de la Marca de Certificación y/o el Logotipo (Símbolo) de Acreditación como resultado de la Certificación.

La Cancelación del Contrato puede ser iniciada por el mismo Cliente o requerida por INTERA como resultado de una solicitud de Retiro y de acuerdo con las provisiones del contrato de certificación suscrito.

Si es cancelado el contrato a solicitud del Cliente, INTERA debe notificarle dicha Cancelación por escrito al Cliente y solicitar que todos los Certificados originales así como cualquier copia fiel del certificado (Los certificados deben ser enviados a las oficinas de INTERA), así como de retirar cualquier uso de marca o logotipo

Si el Contrato es Cancelado como resultado del proceso de Retiro mencionado anteriormente, INTERA debe notificar por escrito al cliente y al mismo tiempo en que se notifica el Retiro del Certificado.

La falta de pago por los servicios otorgados al cliente es causa de cancelación de contrato.

Se debe de llevar a cabo revisiones técnicas sobre cada proceso de cancelación, en donde el personal responsable de evaluar esta información valida y toma una decisión de llevar a cabo la cancelación de la certificación en base a la evidencia recibida y en apego al marco normativo aplicable.

En caso de requerir mayor información favor de escribir a la siguiente dirección electrónica: atencionaclientes@interamericas.com.mx o bien al teléfono 449 9932424